La propuesta de ley establece cárcel de entre seis meses y dos años a quien realice «terapias de conversión sexual»
El Congreso de los Diputados comenzará a tramitar una ley para castigar con penas de prisión a quienes pongan en marcha o apliquen las mal llamadas «terapias de conversión sexual» contra personas LGTBIQ+, prácticas que a menudo se dan en entornos religiosos para modificar la orientación sexual o la identidad de una persona.
La toma en consideración de la iniciativa, promovida por el Partido Socialista, ha salido adelante con los votos del bloque de la investidura y el PP. Solo Vox ha votado en contra y el diputado de Unión del Pueblo Navarro se ha abstenido. La votación ha salido adelante con 311 votos a favor y los 33 en contra de la extrema derecha.
Votos críticos de las izquierdas
Antes de que el PSOE trajera esta ley al Congreso, Sumar, ERC, EH Bildu, Podemos y BNG ya habían registrado una norma más amplia que la reforma del Código Penal que ha sido este martes admitida a trámite. La iniciativa incluía la reparación de las víctimas e incluso indemnizaciones. De todas formas, dichas formaciones han decidido dar su voto favorable y tratar de mejorar la propuesta del PSOE en el proceso de enmiendas. También el PP ha apretado el botón verde.
Lo que propone el PSOE en su ley es añadir un artículo en el Código Penal, el 173.bis, para castigar con pena de cárcel las «terapias de conversión«. «Queremos que quien aplique o financie este tipo de prácticas se siente en el banquillo«, ha aseverado el diputado socialista Víctor Gutiérrez, que también es secretario de Políticas LGTBI. Ha señalado también a los progenitores de los niños y niñas sometidos a esas terapias, que, de aprobarse de forma definitiva esta ley, también serían castigados.
Pena de cárcel
En concreto, el PSOE propone penalizar con prisión de seis meses a dos años a quien «aplique o paractique sobre una persona actos, métodos, programas, técnicas o procedimientos de aversión o conversión» para «modificar, reprimir, eliminar o negar su orientación sexual, su identidad sexual o su expresión de género, con afectación de su integridad corporal o su salud física o mental o con menoscabo grave de su integridad moral«.
La propuesta del PSOE establece que se use la horquilla de penas más altas cuando las víctimas fueran menores de edad, cuando se emplee violencia, intimidación o engaño, o se abuse de una situación de superioridad, necesidad o vulnerabilidad de la víctima “por razón de enfermedad, discapacidad o por cualquier otra circunstancia”. También “cuando el culpable perteneciere a una organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que se dedicare a la realización de tales actividades” o cuando haya “fines de lucro”. En el texto se recoge que los progenitores de las personas menores de edad recibirán la misma pena que quienes apliquen las «terapias de conversión».