Condenado a 2 años de cárcel por un delito de odio al colectivo LGTBI y acoso a 2 mujeres

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El condenado utilizaba 15 identidades falsas en internet para proferir mensajes en contra del colectivo LGTBIQ+ y acosar a dos mujeres, una sexóloga y una periodista

El Juzgado de lo Penal número 3 de Logroño ha condenado a un hombre a un año de prisión por un delito de odio contra el colectivo LGTBI y a otro más por dos delitos de acoso y dos de injurias graves cometidos contra dos mujeres, una psicóloga especialista en sexología y una periodista, para lo que utilizó hasta 15 identidades falsas.

Además, el Juzgado le impone 4 años de inhabilitación para ejercer actividades o trabajos educativos; una multa de 8.400 euros y el pago de una indemnización de 5.000 euros a cada una de las dos víctimas en concepto de responsabilidad civil.

El juez aplica en su resolución la atenuante de dilaciones indebidas porque el proceso ha durado más de 6 años, ha detallado este miércoles, en una nota, el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.

15 Identidades falsas

La sentencia considera probado que el acusado utilizó hasta 15 identidades falsas para publicar comentarios en redes sociales y páginas web durante 2016 y 2017 de carácter xenófobos y contra la transexualidad y homosexualidad, la igualdad entre hombres y mujeres y la educación sexual.

El acusado, según el fallo judicial, perseguía «la estigmatización social del colectivo homosexual y transexual«, lo que constituye un delito de odio y que se materializa en el conjunto de expresiones «humillantes y denigrantes» para el colectivo LGTBI, que no pueden encontrar amparo en el lícito ejercicio de la libertad de expresión recogido en la Constitución.

También argumenta que los comentarios proferidos por el acusado tuvieron el efecto de perpetuar la situación de exclusión de una minoría que, «en una sociedad democrática, debe tener plena acogida» y respecto de los que «el legislador ha optado por establecer un mecanismo penal de protección cualificada frente, precisamente, a este tipo de conductas que tienden a alejar a tales colectivos de una plena aceptación social«.

Hostigamiento

Por otra parte, el condenado también buscaba «el menoscabo de la imagen personal y profesional» de dos mujeres que defendían y escribían sobre los derechos del colectivo LGTBI, una de ellas psicóloga especialista en sexología y la otra, periodista.

La sentencia afirma que el acusado realizó una conducta de «hostigamiento» hacia ambas mediante la constante remisión de mensajes y comentarios en un periódico digital y en redes sociales, de forma «insistente y persistente con algunos mensajes de contenido denigrante y vejatorio«, que perturbaron la vida cotidiana de ambas mujeres.

El condenado llegó a publicar 211comentarios contra la periodista y 56 contra la psicóloga.

Además, esos comentarios representaban «la desconsideración personal de cada una de ellas, reduciendo su condición femenina a un mero instrumento de actos de naturaleza sexual o denigrando su activismo en pro de la igualdad e inclusión del colectivo LGTBI«.

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Fuentes: La Vanguardia

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