Estrasburgo declara ilegal discriminar un libro infantil por tener contenido LGTBI

Estrasburgo declara ilegal discriminar un libro infantil por tener contenido LGTBI Estrasburgo declara ilegal discriminar un libro infantil por tener contenido LGTBI

Estrasburgo condena a Lituania por frenar la publicación de un libro de cuentos infantiles con personajes LGTBI y etiquetarlo como dañino

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha considerado que etiquetar como perjudicial un libro infantil sólo porque tenga contenido LGTBI viola la libertad de expresión, en una sentencia sin precedentes que responde a un litigio abierto en Lituania pero que sienta precedente para todos los países integrados bajo el paraguas de la citada corte.

Los hechos se remontan a finales de 2013, cuando una universidad publicó un libro de la autora Neringa Dangvyde Macate, ya fallecida.La obra, que estaba parcialmente financiada por el Ministerio de Cultura e iba destinada a niños de nueve a diez años, adaptaba cuentos de hadas tradicionales para incluir personajes de diferentes grupos étnicos o discapacidades intelectuales con el objetivo de tratar cuestiones como la estigmatización, bullying, familias divorciadas o emigración. Además, dos de los seis cuentos relataban relaciones y matrimonios entre personas del mismo sexo.

Las publicación derivó en quejas al Ministerio y a la Universidad, alegando por ejemplo que el libro “alentaba la perversión”. La inspección de ética concluyó que el texto podía ser “perjudicial” para niños menores de 14 años, por lo que cuando se reanudó la distribución del libro, se hizo con una etiqueta en la que se advertía del contenido.

Tras una serie de demandas a nivel interno, la polémica se elevó en 2019 al TEDH de Estrasburgo, que finalmente ha concluido que las autoridades lituanas contravinieron el artículo 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos, relativo a la libertad de expresión, y limitaron el acceso de menores a unos cuentos que se limitaban a poner el matrimonio entre personas del mismo sexo como “equivalente” a la unión heterosexual.

Preferencia por cierto tipo de familias

Para los jueces, las restricciones que se aplicaron contra el libro, que limitaron su distribución, buscaban “limitar el acceso de los niños a información que describe relaciones del mismo sexo como equivalentes esencialmente a las relaciones entre parejas de diferente sexo”. Y ello “tiene amplias implicaciones sociales”, advierten en su fallo. En este, se dicen además “firmemente” convencidos de que medidas restrictivas como las adoptadas por Lituania con el libro de Macatėdemuestran que las autoridades tienen una preferencia por ciertos tipos de relaciones y familias sobre otros, y que ven relaciones entre sexos distintos más aceptables socialmente y valiosas que las del mismo sexo, por lo que contribuyen a continuar la estigmatización de estas últimas”.

Los jueces no consideran que el texto fuese “sexualmente explícito” ni que, como argumentaba el Gobierno, se estuviese promoviendo un determinado tipo de matrimonios. “Al contrario, los cuentos abogaban por el respeto y la aceptación de todos los miembros de la sociedad en un aspecto fundamental de sus vidas”, reza el dictamen final.

Por tanto, el Estado lituano ha sido condenado a pagar 12.000 euros a la madre de la demandante en concepto de daños, así como a abonar otros 5.000 euros por las costas del proceso. El TEDH, con sede en Estrasburgo, es independiente de la Unión Europea y se encarga de dar una respuesta judicial a las violaciones del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Estrasburgo declara ilegal discriminar un libro infantil por tener contenido LGTBI

 

Fuentes: El FinancieroEl PaísEuropa Press

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