Nuevas normas para las empresas por la Ley LGTBI-Trans: protocolo LGTBI y cambio del Plan de Igualdad
La nueva Ley para la Igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, conocida com Ley Trans, está en vigor desde el jueves 2 de marzo. La nueva norma afecta a las empresas de más de 50 empleados que deberán contar con un protocolo específico para evitar la discriminación de los trabajadores LGTBI.
Este protocolo deberá estar acordado y en funcionamiento en un año y debe incluir todos las medidas y recursos ofrecidos por la empresa para garantizar la igualdad del colectivo LGTBI, así como las medidas que pondría en práctica la compañía para prevenir, detectar y actuar ante un caso de acoso o violencia ante estos trabajadores. Este colectivo, además, tendrá prioridad a la hora de beneficiarse de las políticas activas de empleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
La Ley 04/2023 incluye entre las posibles causas de discriminación de los trabajadores por cuenta ajena la “orientación e identidad sexual”, la “expresión de género” y las “características sexuales”. Y establece un elenco de infracciones en materia de igualdad de trato y no discriminación por razón de orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales, que se califican como leves, graves y muy graves en función de la naturaleza de la obligación incumplida. Las multas pueden llegar hasta los 150.000 euros.
Protocolo de actuación en las empresas
En su Artículo 15, detalla que el conjunto de medidas del que deben disponer las empresas de más de 50 trabajadores para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, incluye un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra estas personas. Y que para ello las medidas deben ser pactadas a través de la negociación colectiva.
Por otro lado, también anuncia que a través del Consejo de Participación de las personas LGTBI se recopilarán y difundirán las buenas prácticas realizadas por las empresas en materia de inclusión de colectivos LGBTI y de promoción y garantía de igualdad y no discriminación.
La nueva norma también fija en su Artículo 14 una serie de medidas en el ámbito laboral para que las administraciones públicas garanticen en sus políticas de empleo el derecho de las personas a no ser discriminadas por razón de las causas previstas en esta ley. Entre estas medidas destaca la creación de un distintivo que permita reconocer a las empresas que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad y no discriminación de las personas LGTBI, así como también el fomentar la implantación progresiva de indicadores de igualdad que tengan en cuenta la realidad del colectivo LGTBI en el sector público y el privado.