Durante el mes de septiembre de 2011, una pareja homosexual de Sevilla, como cualquier pareja de padres preocupados por la educación de su hijo, empezó los trámites pertinentes para la escolarización de su hijo para el curso 2012-2013. Decidieron pedir plaza en la Yago School de Castilleja de la Cuesta (Sevilla), una guardería y posterior escuela bilingüe (una tendencia muy actual en el mundo de la educación), privada y laica. Los padres expresaron su condición de homosexuales, familia homoparental des del primer momento.
La respuesta de la directora de admisión de la escuela fue que «no podía reservarles plaza en el colegio, ya que tenían pocas plazas y que se pusieran de nuevo en contacto con el colegio en septiembre del 2012″. En febrero del 2012, la pareja contactó con el colegio con vistas a la posible escolarización del menor y la directora de admisiones les manifestó que el curso infantil estaba completo. Sin embargo, «la realidad es que en febrero del 2012, de las 41 plazas autorizadas para Educación Infantil de tres años por la Consejería de Educación, al menos tres estaban libres», pues se habían matriculado 22 alumnos por tener hermanos en el centro y otros 17 habían sido admitidos hasta esa fecha sin tener esa preferencia, vía de acceso / puntuación extra afirma la Fiscalía.
Por lo tanto la Fiscalía pudo concluir que tanto el director como la responsable de admisiones del centro educativo incurrieron en un infracción del artículo 512 del Código Penal, que sanciona a quienes, en el ejercicio de sus actividades profesionales, nieguen a una persona una prestación a la que tenga derecho por razón de su ideología, religión o creencias, su sexo, orientación sexual, situación familiar o minusvalía. El fiscal añade en su calificación que los dos acusados «habían decidido no admitir al menor dada la condición de familia homoparental de sus padres«, por lo que solicita para cada procesado una condena de un año de inhabilitación para ejercer como enseñante, administrador o director de centros de enseñanza. Además de 30.000€ de multa en concepto de indemnización a los padres del alumno de los que se ha de hacer cargo el centro educativo.
Parece que poco a poco la justicia va poniendo a cada uno en su lugar y deja en evidencia a quienes por su estrechez de miras no están capacitados para educar a las futuras generaciones en los valores que exige la sociedad moderna, valores tales como de la igualdad, el respeto, la cooperación, la generosidad.
Vía La Vanguardia